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domingo, 30 de marzo de 2014

PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO EN TERAPIA FAMILIAR SISTÉMICA (PETFS) "Una experiencia d Formación Académica para la consolidación de nuevos espacios de intervención en contexto familiar"



                             Mgsc. Osiris  Morales.                                       
                             Mgsc. Cristina Paz.                                             
                             Mgsc. Xiomara Rodríguez.

El Programa de Entrenamiento en Terapia Familiar Sistémica (PETFS), constituye una iniciativa liderizada por la Cátedra: Teoría y Métodos adscrita al Departamento de Trabajo Social de la Escuela de Trabajo Social de LUZ,  avalado por la División de Estudios para Graduados de esta Facultad.  Constituye una alternativa de formación y actualización académica de egresados en principio de nuestra escuela, pero debido a su alcance e impacto se ha extendido a otras disciplinas.

Un Poco de Historia...
            El mismo se sustenta en las diversas reflexiones realizadas por docentes, investigadores y estudiantes de esta Escuela sobre las actuaciones y desempeño del Trabajador Social en el contexto familiar durante los años 1995 - 2000, a raíz de un conjunto de acontecimientos entre los cuales resaltan: las jornadas de discusión curricular, foros y conferencias sobre Intervención Casuística Familiar y finalmente la aprobación de una nueva Estructura Curricular.
           
            En este panorama, aparece como oportunidad la propuesta de Entrenamiento presentada, en 1999 ante la Dirección de esta Escuela, por la organización Especialidades Médicas "San Antonio", a cargo de los Psicólogos Jorge Ávila y Elizabeth Nejamen, esta última, con formación en el área y dedicada a manejar la relación Terapeuta - Familia desde el enfoque sistémico; es así como, desde entonces hasta la presente fecha se ha dado en forma ininterrumpida, enriqueciéndose progresivamente con el estudio continuo de los profesionales que conforman la planta docente y de los especialistas invitados a nivel nacional e internacional.
           
            Inicialmente se le denominó Programa de Entrenamiento en Psicoterapia Familiar Sistémica; sin embargo, luego de una discusión y reflexión sobre su alcance se cambio el término a Terapia, por considerar que se trata de una acción y un campo inter y multidisciplinario en el cual confluyen diversas disciplina para lograr la comprensión de su complejidad.

            Este cambio también responde, a las dificultades encontradas por profesionales del área social, la salud y la educación, cuando atienden grupos familiares posteriormente que presentan problemas para relacionarse entre sí y con la sociedad, hasta niveles que pueden desencadenar en situaciones más complejas y dolorosas asociadas al consumo de drogas, la aparición de algunas enfermedades físicas y mentales, la violencia familiar entre otras ha planteado la necesidad de contar con enfoques que permitan intervenir con eficacia en este tipo de situaciones.

            Uno de los enfoques que, en la actualidad, se viene difundiendo con éxito es el enfoque sistémico, el cual desarrollado a partir de los aportes de la Teoría General de Sistemas, expuesta por Ludwing Von Bertalanffy en 1940 y de los avances de la Cibernética de segundo orden, ha impactado la manera de atender situaciones familiares generando, entre otros, un campo inter-disciplinario denominado Terapia Familiar Sistémica.

            En tal sentido, la Terapia Familiar es el resultado de avances en las ciencias sociales, naturales y se podría decir, humanas que llevadas por la tendencia actual hacia la integración y la trascendencia entre disciplinas, brinda herramientas para abordar las familias, considerándolas como ecosistemas sociales, por lo tanto no puede ser considerada como potestativa como un reducido círculo especializado. De esta forma, la terapia familiar, consiste en una intervención social que, utilizando diversos modelos de trabajo, enfoca el sistema familiar para estimular conductas saludables entre sus miembros, siendo su objetivo cambiar no al individuo sino las relaciones con su sistema familiar (Montoya, 2002).

*      Aspectos mas resaltantes del Programa…
            El PETFS, representa una actividad de actualización académica - profesional, desarrollado como componente de educación continua para profesionales del área  social, educativa y de la salud, el cual tiene como objetivo “Obtener conocimientos acerca de las raíces epistemológicas y metodológicas del pensamiento sistémico en la terapia familiar a fin de profundizar en la comprensión integral de situaciones críticas que emergen en la atención de grupos familiares, y potenciar desempeño profesional de los participantes”.
           
            El mismo esta conformado por   un conjunto de seminarios teóricos – prácticos organizados en Módulos, basados en  los conocimientos fundamentales del enfoque sistémico que permiten el tratamiento inter, y transdisciplinario de situaciones familiares, aplicación de modelos diagnósticos, uso de herramientas de intervención y supervisión directa de casos, todo con el fin de facilitar  una práctica terapéutica familiar en contextos sociales clínicos y no clínicos.
           
            Su duración es de 160 horas académicas presenciales, distribuidas en 144 horas teóricas – prácticas, 16 horas dedicadas a la exposición de casos; asimismo, se  efectúan  50 horas de supervisión de casos familiares y 20 horas reconocidas para la elaboración y entrega de un trabajo integrativo final tipo informe de caso, relacionado con la terapia familiar sistémica y llevado a cabo por los participantes con las familias.

            A partir de la implementación y evaluación continua del “PETFS”, se estableció la estructura y organización del mismo, con el propósito de elevar su calidad; de esta forma, se ha distribuido las funciones y tareas del  equipo profesional en áreas de responsabilidad, lo cual ha dado origen a tres coordinaciones, estas son: Académica, de Procesos y Administrativa; así como también cuenta con un equipo de facilitadores y asesores constituidos por profesores de la Escuela de Trabajo Social, invitados nacionales e internacionales y egresados del entrenamiento los cuales se han destacado en el mismo.
*      Sobre el Manual....
            En base a estas premisas y fundados en la experiencia acumulada en la atención a grupos familiares, que por más de 30 años ha tenido la Escuela de Trabajo Social de la Universidad del Zulia, ha sido concebido el Manual de Terapia Familiar, como una contribución al desempeño profesional de los egresados universitarios en Trabajo Social, Psicología, Educación, Orientación, Medicina, Psiquiatría y otros profesionales que tienen a las familias como unidad de atención.
           
            Este Manual tiene sus antecedentes en los materiales de lectura utilizados en el Programa de Entrenamiento en Terapia Familiar Sistémica que, durante ocho años consecutivos, ha sido dictado por docentes de la mencionada Escuela con la colaboración de profesores provenientes de las Universidades: Central de Venezuela (UCV), Pablo de Olavide (UPO-España) y la Universidad de Antioquia (Medellín-Colombia).
           
            El conocimiento acumulado en estos años, ha confirmado la potencia de las herramientas teóricas y prácticas aportadas por el enfoque sistémico, que se ponen a la disposición de los participantes del Entrenamiento; así como, de todos aquellos interesados en ejecutar con efectividad intervenciones más dinámicas, flexibles y rápidas en el medio familiar tomando en cuenta su entorno social.   
           
            Está constituido por ocho módulos interdependientes entre si, guardando una secuencia de complejidad creciente. Al final de cada uno de los Módulos se presentan tareas sugeridas como componente académico para adentrase en el contenido siguiente.
  • El primer módulo, está dedicado a dilucidar las raíces epistemológicas del pensamiento sistémico aparejado con la referencia histórica de la terapia familiar que culmina con la presentación de los modelos de trabajo desarrollados por diversos terapeutas. Su finalidad es establecer la comprensión holística de situaciones críticas que emergen en la atención de grupos familiares, fortaleciendo el desempeño profesional con el establecimiento de la visión sistémica de los contextos terapéuticos.
  • El segundo módulo, se ocupa de presentar las herramientas que permiten constituir el contexto terapéutico, a partir de su definición identificando el papel de la teoría al establecer las hipótesis y los supuestos básicos en el tratamiento de situaciones familiares, lo que facilita la ubicación de una práctica terapéutica familiar en contextos sociales clínicos y no clínicos. Mención especial tiene en este modulo la formación humana del terapeuta familiar
  • El tercer módulo, se orienta a reconocer los factores claves en la vida familiar, iniciando con la definición y tipologías de familias, sus funciones sociales considerando el proceso de individuación y socialización. Valorar la importancia del ciclo vital de la familia como herramientas de exploración, evaluación e intervención.
  • En el módulo número cuatro, se centra la atención en la teoría de la comunicación humana, resaltando la significación de los axiomas de la comunicación en la comprensión de las interacciones familiares.
  • El módulo cinco, se dedica a abordar el manejo de las técnicas e instrumentos planteados por algunos modelos diagnósticos, que se han desarrollado en la terapia familiar sistémica a partir de la atención directa a familias.
  • El sexto módulo, está dirigido a tratar el tema de las situaciones de emergencia, conflicto o crisis y sus formas alternativas de atención, evidenciando la importancia de definir e identificar teórica y metodológicamente los tipos de crisis en el tratamiento de las situaciones problemas.
  • El séptimo módulo trata lo referido a las supervisiones en Terapia Familiar resaltando el papel de supervisor y supervisado como partes de un mismo proceso, así como la evaluación del diseño y presentación del caso familiar.
  • El octavo y último módulo, expresa los avances que en diferentes campos se han obtenido en la aplicación del enfoque sistémico a diversas situaciones familiares, compartiendo bajo la forma de conferencias a las cuales sigue de inmediato el cierre del proceso con los participantes. Este material será entregado a los participantes en su respectiva oportunidad.
  • Finalmente, se presentan las fuentes bibliográficas y como anexos el instrumento diseñado para la evaluación del programa por los participantes.
*      Logros del PETFS…
            En estos ocho años de la implementación del Entrenamiento, la planta de profesores adscritos a este Programa también se ha ampliado, incorporando docentes de la Escuela de Trabajo Social como facilitadores y Asesores e invitando a profesores provenientes de otras Universidades Nacionales e internacionales. De igual forma, a partir de su formación en el Entrenamiento, varios participantes que se han destacado en el mismo han continuado con este proyecto como asesores en las cohortes siguientes tal es el caso de: Maria Elena Villasmil (Abogado)Mónica Mosquera (Medico Psiquiatra), Inés Rincón (Psicóloga), Xiomeli Cordero (Psicóloga), Fátima Castellanos, Olga Villa y Miriam Bracho, estas últimas Trabajadoras Sociales y Profesoras de la Escuela de Trabajo Social de LUZ.
           
            En cuanto a los participantes, una característica que ha prevalecido durante su existencia de este Programa, ha sido la heterogeneidad de sus cursantes, en cuanto a profesión, lugar de trabajo y domicilio, entre otras. En este orden, ha contado con profesionales de Trabajo Social, Derecho, Psicología, Psiquiatría, Medicina General y Familiar, Sociología, Orientación, Educación, Psicopedagogía, Readaptación Social, entre otras disciplinas; en total se ha llegado a más de 114 participantes, logrando obtener un total de 109 egresados.
           
            De igual forma, ha promovido el intercambio internacional entre profesores de la Escuela de Trabajo Social de la Universidad del Zulia de Venezuela y el Postgrado de Trabajo Social Familiar de la Universidad Pablo de Olavide, Sevilla. España; permitiendo el fortalecimiento teórico - metodológico del equipo profesional que participa en el entrenamiento.
           
            La participación de invitados nacionales e internacionales de gran trayectoria en el campo de la Terapia Familia Sistémica, tal es el caso de la Pisc. Elizabeth Nejamen, Profa. Maria Luisa Platone (UCV- Venezuela), Prof. Valentin González Calvo (Postgrado en Trabajo Social Familiar de la UPO-España), Ángela María Quintero de la Universidad de Antioquia, Medellín. Colombia.
            Además del dictado de clases en las sesiones del Entrenamiento, se  desarrollan actividades complementarias con los profesores invitados especiales (conferencias, talleres y reuniones) dirigidas a estudiantes, profesores y egresados, aumentando así el impacto del Programa en el avance académico, tanto al interior de la comunidad universitaria como a nivel de la comunidad local y regional.
           
            Se plantea una evaluación continua del Programa al finalizar cada cohorte, donde se consideran diversos aspectos de tipo logístico, en la cual también se registran comentarios y opiniones expresados por los participantes, a continuación se transcriben algunas expresiones emitidas en el cierre del programa:

ü  “Personalmente me siento satisfecha, el curso cubrió mis expectativas, me di cuenta de algunos cosas que no sabia hacer, como atender una familia, ser más flexible.”
ü  “El Entrenamiento fue excelente debería tener más duración, al final uno siente que necesita una segunda parte.”
ü  “Me siento comprometido y dispuesto a aplicar lo aprendido en este curso. Esto es el inicio de una nueva carrera profesional para mí.”
ü  “Yo soy abogada y en la terapia familiar he encontrado un campo fabuloso de trabajo con familia. Me fascinada”.
ü  “Deseo que se repita para que otros profesionales tengan la misma oportunidad que yo.
ü   “Sigan adelante y pronto se consolide un Postgrado en Terapia Familiar.”
ü  “Al terminar el curso me siento más segura del trabajo que realizó con familias”
ü  “Los profesionales invitados son de mucha calidad.”
ü  “El curso me permitió obtener un aprendizaje vivencia”
ü  “Creo en le trabajo que está haciendo la Escuela de Trabajo Social, me ha dado amplitud para tratar los problemas, no sólo desde una perspectiva individual, sino de un enfoque familiar y de conjunto.”
ü  “Deseo tener acceso a la bibliografía de una forma más efectiva, que me faciliten todas las copias que voy a utilizar desde e! principio y no en el transcurso del Programa.”

ü  “Su labor es extraordinaria felicitaciones a todo el grupo, deseo que este curso se convierta en un postgrado con mayor tiempo de duración.”

            En resumen, puede decirse que el Programa propicia la actualización profesional para el trabajo con familia, fortalece el crecimiento personal y profesional, contribuye a proyectar la imagen de la Escuela de Trabajo Social en espacio social de las organizaciones que atienden familias a nivel local y regional y desde ya está consolidando la conformación y establecimiento de una línea de trabajo con familias en una perspectiva de postgrado.

Algunas recomendaciones….            De igual forma, a partir de estas evaluaciones se plantean las siguientes recomendaciones.
  • Establecer convenios formalizados con instituciones de la región que atiendan familias para garantizar una práctica más efectiva, al mismo tiempo pensar a futuro en un Centro de Atención a las Familias coordinado por la Escuela de Trabajo Social, como actividad de extensión dirigida a las comunidades donde tiene ámbito de influencia la Universidad del Zulia.

  • Establecer un grupo de estudio e investigación con los egresados del Entrenamiento coordinando acciones con a Red Venezolana de Familias (FAMILIAS-REDVEN), creada por profesores de la Escuela de Trabajo Social en el año 2002, para dar continuidad a la investigación sobre avances en terapia familiar en contextos clínicos o no clínicos iniciada con las jornadas temáticas.

  • BIBLIOGRAFÍA
1.      ACKERMAN NATHAN   “Diagnóstico y Tratamiento de las Relaciones Familiares”.
2.      ANDOLFI M. ANGELO C Y OTROS. “Interacción Familiar”. Aportes fundamentales  sobre teoría y técnica. Editorial Tiempo Contemporáneo
3.      BARROSO, MANUEL  “La Experiencia de Ser Familia”
4.      COLETTI M Y LINARES J.  “La intervención sistémica en los servicios sociales ante la familia multiproblemática. Editorial Paidos España 1997.
5.      GUERLIN “Family Therapy”.
6.      FISHMAN H y ROSMAN B.  “El cambio familiar: Desarrollos de Modelos”. Editorial Gedisa. España 1990.
7.      GAJA RAIMON “Vivir en Pareja”. EDAF Editorial, España, 1994.
8.      KEENEY B. “Estética del Cambio” Editorial Paidos. 1 reimpresión España, 1991
9.      LEVANT R. “Family Therapy”. Acompr4enhesive overview, Prentise Hall Inc. New Jersey, 1984.
10.  LIBERMAN ROBERT y OTROS “Manual de Terapia de Pareja”  Editorial Desclee de Brouwer, Biblioteca de Psicología,  España, 1987.
11.  MCGOLDRICK M y GERSON R. “Genogramas en  la evaluación familiar”. Editorial Gedisa. España
12.  MINUCHIN S., FISHMAN H., “Técnicas de Terapia Familiar”. Editorial Paidos. Colección Grupos e Instituciones. México 1990.
13.  PALAZZOLI M CIRILLOD “Los Juegos Psicóticos en la Familia”. Ediciones Paidos. España 1990.
14.  PINCUL LILY y DARE C. “Secretos en  la Familia” Terapia familiar Cuatro Vientos Editorial,  Chile, 1978.
15.  PITMAN F. “Momentos Decisivos”. Editorial Paidos. Argentina.1990
16.  QUIROZ F. “Familiograma”. Material de Apoyo del Taller Técnicas de Intervención y Consulta Familiar. Taller Precongreso Interamericano de Psicología. Caracas. 1999
17.  RODRÍGUEZ, XIOMARA “Los Modelos de Terapia Familiar en la Práctica del Trabajo Social” Maracaibo, 2002 Inédito
18.  SAGER C, “Contratos Matrimoniales y Terapia de Pareja” Amorrortu Editores, Argentina 1980
19.  SELVINI M., BOSCOLO L, OTROS. “Paradoja  y Contraparadoja”. Editorial Paidos. Colección grupos e instituciones. México 1991
20.  SIMON F. STIERLIN H, WYNNE L. “Vocabulario de Terapia Familiar”. Editorial Gedisa. España
21.   STIERLIN H, y WEBER G., “¿Qué hay detrás de la puerta de la familia? Editorial Gedisa. Barcelona. España. 1990.
22.  WATZLAWICK PAUL “Teoría de la Comunicación Humana”. Editorial Herder, Barcelona España, 1989
            WATZL
AWICK PAUL “El lenguaje del cambio” editorial Herder, Barcelona, España, 1986.

sábado, 29 de marzo de 2014

Informe de Naciones Unidas. Justicia “de menores” restaurativa

Link completo de la nota: www.ellitoral.com/index.php/diarios/2014/03/08/opinion/OPIN-05.html 
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Osvaldo Agustín Marcón
Aunque el uso del término “Menores” ya es inaceptable, sirve aquí para indicar a qué nos dirigimos. Se trata de reportar la novedad incorporada por Naciones Unidas poniendo nuevamente en tensión la noventista ideología neoliberal alojada en la Responsabilización Penal Juvenil. Esto sucedió en octubre pasado, cuando Santos Pais, representante especial del secretario general de la ONU sobre la violencia contra los niños, presentó en la Asamblea General el informe denominado Fomento de la Justicia Restaurativa para Niños.
El trabajo fue elaborado en respuesta a la actual situación de los niños en conflicto con la ley penal. Recordemos que la provincia de Santa Fe no está exenta de estos devaneos pues, sin ir más lejos, el Poder Ejecutivo propuso hacia fines de 2013 una reforma en esta anacrónica dirección sancionatoria. En sentido contrario, el referido informe pretende fomentar un cambio de paradigma en los sistemas, buscando formas de justicia restaurativa orientadas a respetar y proteger integralmente los derechos de los niños. El trabajo pone de relieve la manera en que los procesos y programas restaurativos pueden beneficiar a los implicados, durante la presentación de este Informe el debate se centró en cómo compartir modelos y experiencias restaurativas. 
El referido texto tomó como punto de partida la Consulta Internacional de Expertos sobre Justicia Restaurativa para Niños que tuvo lugar a principios de 2013 en Bali, organizada por los gobiernos de Indonesia y Noruega. En su primer capítulo presenta una introducción al tema mientras que el segundo describe líneas de trabajo alternativas a la penalización como, por ejemplo, las Conferencias de Grupos Familiares o los Círculos de Sentencia, entre otros. Luego, el informe problematiza distintos aspectos cruciales en esta lógica subrayando los beneficios de la misma (Capítulo 4). El quinto apartado analiza ejes conceptuales considerados relevantes finalizando (Capítulo 6) con recomendaciones entre las que se destaca la caracterización de la Justicia Restaurativa como nuevo paradigma de intervención judicial que, obviamente, alberga significativas disrupciones respecto de lo socio-jurídicamente hegemónico. El texto señala específicamente que la penalización, aún cuando sea utilizada legal y realmente como medida de último recurso, puede poner en peligro otros derechos fundamentales del ciudadano menor de edad. Precisa en cambio que la lógica restaurativa representa un proceso no contencioso y voluntario, basado en el diálogo, la negociación y la resolución no adversarial de los conflictos. Critica a los sectores de la opinión pública que perciben la delincuencia juvenil como amenaza (recordemos: ronda el 4% del total de causas penales) cuestionando sus insistencias en favor de la reducción de la edad de penalización. 
En síntesis, el informe postula que son mayores las posibilidades ofrecidas por el modelo restaurativo, aún con la complejidad que todo cambio de paradigma acarrea. Y explicita la necesidad de impulsar una potente redistribución de responsabilidades ante las situaciones de conflicto penal juvenil. Claro está que este trabajo no obliga a ningún país. Pero al haber sido encargado y avalado por el Secretariado General de ONU siendo, además, resultado del referido trayecto de debates, y sumado esto a otros grandes cambios (por caso ténganse presentes las Reglas Mundiales para una Justicia Adaptada a Niñas, Niños y Adolescentes), indica una transformación en las matrices de pensamiento y acción de la que los gobiernos debieran tomar nota. 

Entrevista al profesor Cesar Barrantes. Presidente de RELATS (red latinoamericana y Caribeña de Trabajo Social)

Estimado Dr. Barrantes

Como está? Un amigo está escribiendo un articulo acerca del aniversario
de la tomada del territorio de Acre por Brasil. Le pido la ayuda en
contestar a las preguntas  abajo y en apuntar algún otro experto
politólogo. Gracias!

1- El gobierno de Bolivia piensa en accionar  las instancias
internacionales (Corte Internacional de Justicia) para tender de nuevo
el territorio de Acre, que fue perdido para el Brasil?

2-- Cual es la sensación de los bolivianos acerca de esa pérdida de
territorio? Usted cree que hay una frustración entre el pueblo
boliviano por eso? Como reaccionan a esa cuestión de soberanía?

Gracias por considerar mis modestas opiniones y mi visión compartida del mundo de cuya trama somos arte y parte ineluctablemente.
Al respecto de la Guerra del Acre o Revolución Acreana (en portugués) extrapolo dicho suceso histórico, político y militar que involucró a Perú y Paraguay a fines del siglo XIX  e inicios del XX.
Toda pérdida de territorio de una nación a favor de otra, máxime si es por la fuerza geopolítico-militar, en este caso de Brasil, a quien se le denominó en el siglo XX como el Subimperialismo Brasileño o de América del Sur, significa ni más ni menos que una amputación de la identidad nacional: es como si a una persona natural le amputaran alguno de sus miembros de manera impositiva. Esta persona puede utilizar muletas y superar su discapacidad desarrollando otras funciones y realizarse en su vida, pero la huella indeleble de su amputación seguirá allí hasta su muerte física, mas no espiritual, sea, el alma de la nacionalidad de toda configuración societal que nunca muere pues quedan sus obras: literatura,…y la civilización aimara lleva muchos miles de siglos que aún están por descubrirse. Y no es sino recientemente, luego de la revolución bolivariana, boliviana, ecuatoriana, etc. que los bolivianos se están descubriendo a sí mismos y constituyéndose en sujetos históricos. Esto es algo portententosamente hermoso. Los indígenas de Nuestramérica se están constituyendo en Sujetos, en Alter Ego.
Entonces adquiere sentido, significado  y direccionalidad los esfuerzos de los bolivianos por recuperar no sólo la identidad nacional que le fue invisibilizada durante 500 y más años sino recuperar sus territorios arrebatados manu militari por brasileños y chilenos. Guerras que como toda guerra son ilegales desde todo Derecho Internacional. Y en estos casos no deja de subyacer el racismo que considera que los indígenas no valen como humanos. Esto es algo que tenemos que seguir trabajando histórico-geopolíticamente. No es una problemática fácil de investigar.
Algo similar le ocurrió a Venezuela con el Territorio del Esequibo: 159.500kms2, hoy administrado por la República Cooperativa de Guyana bajo reclamo de Venezuela desde antes de la independencia de la Guayana Británica y desde la primera Constitución de Venezuela en 1811 reformada en 1999 en su artículo 10: "El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad."
No es fácil para los bolivianos sobreponerse no sólo a la amputación del Acre por parte de Brasil, sino también de su salida al Pacífico amputada por el ejército chileno también en los años 80 del siglo XIX. Tampoco lo es para Venezuela su amputación del Esequivo.
Mucho menos lo es para los palestinos su amputación territorial por parte del sionismo israelita y el genocidio implicado en dicha amputación.
Todo territorio amputado a otro país manu militari es ilegal desde todo derecho internacional de justicia de paz, y este derecho no tiene prescripción.
Espero que mis reflexiones te ayuden y ayuden a tu amigo. Me gustará una reciprocidad de parte de ustedes.
Les desea un buen cierre de año y un gratificante año 14.
Les abraza fraterno
 César Barrantes

viernes, 14 de marzo de 2014

CIDH saluda la entrada en vigor del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones

3 de febrero de 2014
Washington, D.C. — La Relatoría sobre los Derechos de la Niñez de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda que el 14 de enero de 2014, Costa Rica haya ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, que, al ser el décimo país en ratificar dicho instrumento, permite su entrada en vigor en 3 meses. Esta ratificación sigue a la realizada por el Estado plurinacional de Bolivia en nuestra región.
La implementación del Protocolo Facultativo amplía las posibilidades de protección internacional de los derechos de la niñez ya que permite a los niños, niñas y/o sus representantes, presentar quejas ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, ante eventuales violaciones a sus derechos cuando no hayan obtenido justicia y reparación a nivel nacional. El Comité de los Derechos del Niño será el órgano que analizará las comunicaciones que presenten los niños y las niñas para determinar si se han violado sus derechos, reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y sus dos Protocolos adicionales relativos a la participación de niños en conflictos armados, y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. El Comité también puede solicitar medidas provisionales a los Estados para proteger a los niños y las niñas.
El Protocolo prevé también la posibilidad que el Comité de los Derechos del Niño, a iniciativa propia y sin necesidad de que medie una queja, pueda iniciar un procedimiento de investigación sobre presuntas violaciones graves o sistemáticas de los derechos enunciados en la Convención y en sus Protocolos por un Estado parte.
Este instrumento internacional toma en especial consideración la relevancia de adaptar los procedimientos para acceder a la protección internacional a los niños y las niñas de tal modo que se garantice una efectiva participación de los niños y las niñas en la defensa de sus derechos.
La Relatora sobre los Derechos de la Niñez se complace que dos países de la región hayan ratificado el Protocolo Facultativo y hace un llamado a los demás Estados a reforzar la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de la región, tanto a nivel interno como a nivel internacional, ratificando este Protocolo. En este sentido, la CIDH y la Corte Interamericanas han señalado que la protección de los derechos de la niñez se ve reforzada por el corpus iuris que incorpora estándares de diferentes órganos de protección a derechos de la niñez, incluyendo la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas así como los pronunciamientos del Comité de Derechos del Niño. La ratificación del presente protocolo refuerza la complementariedad de los distintos sistemas de protección a la niñez, y promueve la participación de los niños y niñas en la promoción y protección de sus derechos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Países del Mercosur acuerdan cooperar en las investigaciones sobre las violaciones a los derechos humanos de las dictaduras



Argentina y Uruguay firmaron con Brasil acuerdos para facilitar la cooperación y el intercambio de documentación en el desarrollo de investigaciones administrativas relativas a casos que involucren graves violaciones a los derechos humanos. Estos acuerdos bilaterales se suman al que ya firmaron Argentina y Uruguay en diciembre de 2012, y se enmarcan en los trabajos que los países de la región realizan en el ámbito de la Reunión de Altas Autoridades en materia de Derechos Humanos y Cancillerías del Mercosur (RAADDHH) y, en particular, del Grupo Técnico de obtención de datos, información y relevamiento de archivos de las coordinaciones represivas del Cono Sur.
Con estos acuerdos, los Gobiernos crearon un marco jurídico e institucional para la asistencia recíproca en investigaciones tendientes al esclarecimiento de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el contexto de las últimas dictaduras militares. Para ello, los acuerdos prevén la creación de comisiones conformadas por representantes de los Estados Parte de los respectivos acuerdos, a través de las cuales se transmitirán y gestionarán los pedidos de cooperación. Si bien estos instrumentos prevén algunas excepciones para la tramitación de las solicitudes, en todos los casos se explicita que las autoridades competentes se comprometen a realizar todas las acciones posibles tendientes a proveer información útil para el esclarecimiento de los hechos investigados en cada país, a través de las vías administrativas, judiciales y/o legislativas disponibles.
En tanto, en el ámbito multilateral, los Estados de la región están debatiendo un proyecto de Acuerdo de Cooperación Interinstitucional sobre investigación de graves violaciones a los derechos humanos entre las Altas Autoridades en Derechos Humanos y Cancillerías del Mercosur. Este proyecto fue elaborado por el Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del Mercosur (IPPDH), a raíz del mandato que le dieron los Gobiernos de brindar asistencia técnica al referido Grupo Técnico. Esta iniciativa busca facilitar y agilizar la cooperación entre los Estados de la región para el desarrollo de investigaciones administrativas sobre graves violaciones a los derechos humanos.
Además de este proyecto de acuerdo, y junto con otras iniciativas tendientes a contribuir con la labor del Grupo Técnico, en julio de 2013 el IPPDH lanzó la primera guía de archivos y fondos documentales que releva, organiza y difunde información vinculada con las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el marco de las coordinaciones represivas del Cono Sur, en particular de la Operación Cóndor. Esta guía, que se confeccionó en versión web siguiendo los estándares internacionales para la descripción archivística, reúne hasta el momento información relativa al contenido y a las condiciones de acceso de 115 fondos documentales de instituciones de Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. La guía está accesible ingresando aquí.
Con estas iniciativas, el IPPDH busca rescatar y difundir el patrimonio archivístico que documenta la articulación de las acciones represivasde los Estados latinoamericanos y contribuir con los procesos de verdad, memoria y justica que se llevan a cabo en la región.

MEMORANDUM

MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL PARA EL INTERCAMBIO DE DOCUMENTACIÓN PARA EL ESCLARECIMIENTO DE GRAVES VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS 



La República Argentina y la República Federativa del Brasil, en adelante denominadas “las Partes”, con el deseo de brindar un marco para la cooperación y el intercambio de documentación para la investigación que permita el esclarecimiento de graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante 
las dictaduras que asolaron a ambos países en el pasado reciente. 

CONSIDERANDO 

La importancia que ambas Partes le asignan a la obtención de documentos que permitan el esclarecimiento de hechos violatorios de los derechos humanos en el pasado reciente, así como la histórica cooperación en materia de esclarecimiento de casos de desaparición forzada de personas y otras graves violaciones a los derechos humanos; 

Que el presente Memorándum de Entendimiento se articula con los trabajosque ambos países desarrollan en el ámbito de la Reunión de Altas Autoridades en materia de Derechos Humanos y Cancillerías del MERCOSUR, específicamente en los trabajos que ya se están realizando en el marco del Grupo Técnico para la obtención de datos y relevamiento de archivos de las coordinaciones represivas del Cono Sur; 

Acordaron:

ARTÍCULO 1 
Definiciones generales 

1. En el marco del presente Memorándum de Entendimiento: 
a.- Por “Autoridad Competente” se entenderá: 
En el caso de la República Argentina, al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en coordinación con la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; 
En el caso de la República Federativa del Brasil, a la Secretaría de Derechos Humanos de Presidencia de la República, en coordinación con el Ministerio de Justicia y con el Ministerio de Relaciones Exteriores; 

b.- Por “documentación” se entenderá toda información contenida en cualquier soporte o tipo documental, producida, recibida y conservada por cualquier organización o persona en el ejercicio de sus competencias o en el desarrollo de su actividad; 

c.- Por “Parte Requerida” se entenderá la Parte del presente Memorándum 
de Entendimiento a la que se le solicitare proporcionar documentación; 

d.- Por “Parte Requirente” se entenderá la Parte del presente Memorándum de Entendimiento que enviare una solicitud de información. 

2. En lo que respecta a la aplicación del presente Memorándum de Entendimiento, cualquier término no definido en el mismo tendrá, a menos que el contexto exija una interpretación diferente, el significado que le atribuyere la legislación vigente del Estado Parte. 

3. Las Autoridades Competentes podrán delegar en otros organismos del Estado la gestión de acciones vinculadas a la implementación del presente Memorándum de Entendimiento. 


ARTÍCULO 2 
Objeto 

1. Las Partes, a través de las Autoridades Competentes, prestarán asistencia y cooperación mutua mediante el intercambio de documentación relevante para la investigación y esclarecimiento de las graves violaciones a las que refiere el presente Memorándum de Entendimiento, promoviendo y fomentando la cooperación entre las instituciones de ambos países que conserven archivos relativos al objeto del presente Memorándum de Entendimiento, con el propósito de contribuir en el proceso de reconstrucción histórica de la memoria, la verdad y la justicia. 

2. Se encuentra exceptuada del presente Memorándum de Entendimiento toda aquella información que las Partes pudieren solicitar dentro de los parámetros fijados por los Convenios entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil sobre asistencia penal. 


ARTÍCULO 3 
Formalización de las solicitudes 

1. La formulación de las solicitudes se ajustará a los requisitos que establezca de común acuerdo la Comisión Técnica Mixta a la que refiere el Artículo 6 del presente Memorándum de Entendimiento. 

2. La Autoridad Competente de la Parte Requerida será la única responsable de arbitrar los medios para reunir la información y de coordinar la actividad administrativa necesaria a tales efectos, previa solicitud por escrito de la Autoridad Competente de la Parte Requirente. 

3. Si la solicitud fuere transmitida por facsímil, correo electrónico o similar deberá confirmarse por documento original firmado por la Autoridad Competente de la Parte Requirente dentro de los quince (15) días siguientes a su formulación, de acuerdo a lo establecido por este Memorándum de Entendimiento. 

4. Si la Autoridad Competente de la Parte Requerida no hubiere podido obtener, o tuviere un impedimento formal para brindar la documentación solicitada, informará inmediatamente a la Parte Requirente explicitando las razones de esa imposibilidad. 

 ARTÍCULO 4 
Excepción a la tramitación de solicitudes 

1. La Parte Requerida estará exceptuada de su obligación de facilitar documentación cuando: 

a.- La documentación no obre en poder de sus autoridades; 

b.- La solicitud no se realice conforme a lo estipulado en el Artículo 3 del presente Memorándum de Entendimiento; 

c.- La entrega de la documentación sea contraria a la legislación interna de la Parte Requerida, en particular por razones de seguridad, orden público o interés nacional, según fije el Estado requerido. 

2. Sin perjuicio de lo estipulado en el inciso anterior, las Autoridades Competentes se comprometen por el presente Memorándum de Entendimiento a realizar todas las acciones posibles tendientes a proveer información útil para el esclarecimiento de graves violaciones a los derechos humanos, a través de las vías administrativas, judiciales y/o legislativas disponibles. 


ARTÍCULO 5 
Confidencialidad 

La Autoridad Competente de la Parte Requerida podrá solicitar que la documentación que se genere y/o intercambie en virtud del cumplimiento del presente Memorándum de Entendimiento tenga carácter confidencial, por el plazo que se fije de común acuerdo entre las Partes para cada caso, observando la 
legislación de cada una de las Partes. 


ARTÍCULO 6 
Comisión Técnica Mixta 

1. Con el fin de establecer un canal permanente y fluido de comunicación que facilite el intercambio de documentación objeto del presente Memorándum de Entendimiento, se conformará una Comisión Técnica Mixta, que tendrá a cargo la interpretación, el seguimiento, la evaluación y la administración de todas las 
gestiones que se lleven a cabo entre las Partes. 

2. La referida Comisión Técnica Mixta estará integrada por los representantes que designen las Autoridades Competentes y su funcionamiento estará regulado de común acuerdo por los procedimientos que definan las Autoridades Competentes a tal efecto. 

ARTÍCULO 7 
Costos administrativos 
 
 1. La Parte Requerida tomará a su cargo los gastos de diligenciamiento de la solicitud. La Parte Requirente pagará los gastos extraordinarios incurridos por la asistencia brindada. Este Memorándum de Entendimiento no ocasionará transferencia alguna de fondos de una de las Partes a la otra ni cualquier actividad que pueda representar gravamen para las actividades regularmente desarrolladas 
por las Autoridades Competentes.

2. Las Partes deberán establecer un procedimiento de consulta previo 
respecto de los costos operativos que podría insumir el cumplimiento de cada 
solicitud, con el objeto de acordar anticipadamente la forma en que se cubrirán los 
gastos que demandare. 
 
 
ARTÍCULO 8 
Memoranda complementarios 
 
Cuando fuere necesario, las Partes podrán profundizar y ampliar los compromisos asumidos en el presente Memorándum de Entendimiento a través de memoranda complementarios. 
 
 
ARTÍCULO 9 
Solución de controversias 
 
Las controversias que surgiesen entre las Partes con motivo de la aplicación o interpretación de las disposiciones contenidas en el presente Memorándum de Entendimiento serán resueltas mediante negociaciones diplomáticas directas, pudiendo requerir a tal efecto la colaboración de la Comisión Técnica Mixta establecida en el marco del presente Memorándum de Entendimiento. 
 
 
ARTÍCULO 10 
Entrada en Vigor 
 
El presente Memorándum de Entendimiento entrará en vigor en la fecha de su firma. 
El presente Memorándum de Entendimiento podrá ser denunciado por cualquiera de las Partes por medio de una notificación escrita dirigida a la otra Parte por la vía diplomática donde se manifieste la intención de denunciarlo. La denuncia se hará efectiva a los noventa (90) días de recibida dicha notificación. 
No obstante, la denuncia del presente Memorándum de Entendimiento no implicará el cese de las actividades que se encuentren en desarrollo en virtud del mismo, salvo que las Partes así lo decidan expresamente por escrito de común acuerdo. 



Hecho en La Habana, el día de de 2014 en dos originales, en 
español y en portugués, siendo ambos igualmente auténticos.
 
 
POR 
LA REPÚBLICA ARGENTINA 
POR 
LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL 
BRASIL